En España, gracias a las leyes permisivas al aborto, y a las nuevas técnicas de diagnóstico prenatal, cada vez son mas las familias que deciden "interrumpir" ( como si después se podría reanudar) su embarazo, si sus embriones/fetos tienen una trisomía en el cromosoma 21 ( mejor conocida como el Sme de Down). Esto claramente desde la bioética es reprochable: se viola el principio de beneficencia - el embrión/feto también es paciente, y al ejercer una técnica diagnóstico prenatal, su único objetivo debe ser "beneficiar" al embrión-, de no maleficencia - El médico al realizar esta intervención diagnóstica, termina infiriendo un daño a su paciente- y de justicia - más allá de todo, un aborto por una patología que no es incompatible con la vida extrauterina, es completamente eugenésico, y discriminatorio-.
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