miércoles, 17 de julio de 2013

Crecieron los abortos tras su legalización en Uruguay

De 200 casos practicados en el primer mes tras la despenalización pasaron a 425. En total, 2.500 abortos desde que se despenalizó a fines de 2012.

Desde que se legalizó el aborto en Uruguay los casos fueron creciendo a lo largo de los meses: arrancó con 200 casos al mes y en estos días más que se duplicó: está en 425.
Según los datos oficiales de Uruguay, en el primer mes tras la despenalización se practicaron 200 abortos en ese país.
La cifra de 200 abortos en el primer mes de vigencia -apuntada por el viceministro de Salud Pública, Leonel Briozzo- representa un tercio de los niños nacidos mensualmente en el Hospital Pereira Rossell, donde se produce la mayoría de los partos en Uruguay (unos 7.500 al año), 
Seis meses después, el Ministerio de Salud Pública uruguayo informó en una conferencia de prensa que desde su legalización en total se realizaron 2.550 abortos, lo que significa unos 425 al mes.  El 63 por ciento de los mismos se realizaron en  Montevideo, mientas que el 37% restante, en ciudades del interior.
Otros datos que aportó el Gobierno uruguayo fue que siete de cada diez mujeres que abortaron tenían 20 o más años, mientras que el 15% eran adolescentes.
De este modo, Uruguay tiene una tasa de abortos similar a la de Europa occidental: 10 de cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años se realizan un aborto en algún momento de su vida, indicó Leonel Briozzo, en un artículo publicado en el diario El Observador de Montevideo.
La ley de despenalización entró en vigor el pasado 3 de diciembre, lo que obligó a todas las instituciones de asistencia médica públicas y privadas a asesorar y practicar el aborto a las mujeres que lo soliciten dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

lunes, 8 de julio de 2013

La Justicia porteña declaró inconstitucional el veto de Macri al aborto


Escribo esta entrada porque estamos indignados con lo que ocurrió con la Justicia, con respecto al veto que hizo Mauricio Macri con respecto a la ley de abortos no punibles en la capital argentina.

El proyecto de ley que fue vetado, deja una puerta abierta al aborto indiscriminado, e incluso, incurre casi en el delito, porque excede ampliamente los supuestos del código penal. Lo transcribimos: 

El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1º Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto."
Pensemos que esa norma es de hace un siglo, y cuando se refiere a peligro para la salud de la madre, hace la salvedad de que no pueda ser evitado por otros medios. La ley que acaba de promulgar, de forma inconstitucional el juez, establece el concepto "amplio" de salud... Es decir que una mujer alegando que su salud "social" corre riesgo por el embarazo, todos los porteños estarán obligados a pagar por ese aborto.
Este proyecto de ley, fue vetado por el jefe de gobierno, Mauricio Macri. Ante esto, legisladores opositores plantearon un "recurso de amparo", al protocolo que había elaborado el gobierno ( el cual, entre otras cosas, pone un límite de 12 semanas para los abortos por caso de violación, y exige una denuncia penal para que pueda ser realizado).
El Juez Roberto Gallardo, no solo declaró inconstitucional el protocolo ( que recordemos, el código penal no establece una obligación, solo hace la salvedad que es un delito, pero sobre el cual no se aplica una pena), sino que PROMULGÓ una ley, y declaró inconstitucional el veto del Jefe de Gobierno. Es decir, el Juez declaró inconstitucional la constitución, y promulgó de forma inconstitucional una ley.

Para que no queden dudas, a continuación transcribimos el texto de la constitución de la ciudad de buenos aires:

"ARTICULO 87.- El Poder Ejecutivo puede vetar totalmente un proyecto de ley sancionado por la legislatura expresando los fundamentos. Cuando esto ocurre el proyecto vuelve a la Legislatura, que puede insistir con mayoría de dos tercios de sus miembros, en cuyo caso el texto es ley. Si no se logra la mayoría requerida, el proyecto no puede volver a considerarse en ese año legislativo."

Creemos que no quedan dudas, del accionar poco constitucional del Juez.